LEY 3954 - REZONIFICACION DE BARRACAS

En la sesión del 13.10.11 la Legislatura aprobó por unanimidad la Ley 3954 que limita las alturas de la nuevas obras en cuadras de casas bajas preservando las construcciones históricas del barrio.
Un trabajo conjunto de vecinos y legisladores desarrollado a lo largo de cuatro años que rinde sus frutos para Barracas y la Ciudad.

¡GRACIAS A LOS 5000 VECINOS QUE LO APOYARON CON SUS FIRMAS!

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martes, 15 de mayo de 2012

UN TERRENO (CON UNA CASA ENCIMA)

La casa es una pequeña maravilla casi centenaria: fachada de aire francés revocada en símil piedra con altos y bajorrelieves, guirnaldas y cornisas, coronada por dos balaustradas y rematada en un frontón curvo. Con puertas y ventanas de madera trabajadas en cedro y rejas de hierro forjado, está en Tacuarí 1786 casi esquina Finochietto, Barracas.

*Tacuarí 1786*

Hace pocos días sus vecinos alertaron sobre la aparición del cartel de venta y al realizar las averiguaciones del caso, se constató que una inmobiliaria de Belgrano la ofrece como terreno apto para construir un edificio de 2000 m2. Es decir, para demolerla.

*En venta desde hace pocos días*

*La inmobiliaria la ofrece como terreno para construir 2000 m2*
 
El caso es que se trata de una situación especial puesto que  está incluida en el listado del proyecto de ley 1006D2012 que protege unos 40 edificios de valor patrimonial de Barracas y ya cuenta con catalogación preventiva cautelar desde noviembre del año pasado

*La ficha oficial donde consta la protección preventiva*

Por lo demás, es claramente anterior a 1941 y se encuentra dentro de la Zona de Amortiguación del Área de Protección Histórica Nº1 que ya tiene ley inicial. En rigor de verdad, la medianera sur de la casa linda directamente con el APH 1!

Es decir: hoy no puede demolerse y ofrecerla como terreno es -cuando menos- un grueso error.
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ACTUALIZACION 16.05.12:
La inmobiliaria fue notificada del "descuido" y mediante una breve campaña varios vecinos de Barracas se sumaron al reclamo, frente a lo cual en menos de 24 hs. se modificó el aviso de venta ofreciendo "una casa"...por el mismo precio.


Faltaría, de todos modos, informar también al interesado acerca de la protección patrimonial del inmueble.


*ahora, una casa en venta*

Y no es Constitución, es Barracas!


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miércoles, 9 de mayo de 2012

ZONA DE AMORTIGUACIÓN

Proteger Barracas participó este miércoles 9 de mayo en el Salón Dorado de la Legislatura Porteña, en la Audiencia Pública argumentando en favor de la Ley Inicial que establece la Zona de Amortiguación en torno al Área de Protección Histórica Nº1 y que abarca un importante sector de San Telmo y algunas manzanas de Barracas.

La iniciativa establece una área de transición entre el Área de Protección Histórica Nº1 y las zonas centrales de la Ciudad, preservando su perfil morfológico patrimonial y propiciando recuperaciones y puesta en valor de sus edificios característicos.

Cataloga, además, alrededor de 200 inmuebles de valor histórico.

La lista de oradores incluyó a vecinos de San Telmo, miembros de Basta de Demoler y al Defensor del Pueblo Adjunto Gerardo Gómez Coronado.

Aguardaremos ahora la segunda lectura en la Comisión de Planeamiento y la votación final en el recinto.





 

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EL PARQUE INVISIBLE

UN POCO DE HISTORIA
Hacia fines de 2009, un grupo de vecinos de Barracas alertaba sobre la instalación de un galpón en medio de lo que debería ser un espacio verde. Más precisamente, en los terrenos linderos a la Autopista 9 de Julio Sur entre las calles Río Cuarto y Osvaldo Cruz y que el Código de Planeamiento Urbano zonifica como distrito Urbanización Parque (UP).

El art. 8.2.1.9 del citado Código establece textualmente que Los sobrantes de parcelas adquiridas por el Gobierno para abrir las trazas de las autopistas serán  englobados y las nuevas parcelas resultantes del englobamiento parcelario quedarán sujetas a zonificación UP, debiendo ser desarrolladas mediante urbanización paisajística como espacios verdes, incluyendo en ellos instalaciones deportivas y recreativas al aire libre para uso recreativo vecinal.”  Sin embargo, y paulatinamente, en Ministerio de Ambiente y Espacio Público porteño comenzó a instalar allí un Centro de Reciclado de residuos que fue creciendo desde entonces.

Publicábamos en aquel momento la inquietud vecinal: http://protegerbarracas.blogspot.com.ar/2009/10/no-al-centro-de-compactacion-de-basura.htm

*En la vista aérea se evidencia la ocupación de los predios Urbanización Parque*

Por aquellos días se organizaron numerosas y populosas asambleas vecinales donde quedó expresada la indignación por la situación y rápidamente se recolectaron miles de firmas en rechazo, las cuales acompañaron la presentación de un recurso de amparo que no prosperó.

Simultáneamente, una delegación de vecinos realizaba reclamos por la vía administrativa ante diversos funcionarios y organismos del Gobierno de la Ciudad y en la Legislatura ante diputados de distintos bloques, especialmente en la Comisión de Planeamiento Urbano que emitió una Declaración. Los pedidos de informes emitidos desde la Comisión no fueron respondidos desde el Ejecutivo a pesar de que ésta le advertía sobre lo irregular de la situación.
Los funcionarios consultados expresaban su intención de hacer “convivir” el punto de clasificación con el espacio verde reclamado (a pesar de que la ley claramente especifica que esto no es posible).

JUGÁ LIMPIO...

Desde la empresa estatal AUSA se les facilitó a los vecinos una copia del plano con el proyecto de parquización que llevarían adelante:



*En el proyecto de AUSA no se indicaba el uso del sector*

*La situación actual*

Nótese como la parquización solo llegaría a la mitad del predio comprendido entre Osvaldo Cruz y Río Cuarto. De la mitad del predio hacia Osvaldo Cruz, el plano no detalla intervención.


¿EL ESPACIO PÚBLICO NO SE NEGOCIA?
Si bien es destacable que varios de los terrenos linderos a la AU 9 de Julio Sur han sido parquizados, recuperados e iluminados, en ese tramo final se ha ampliado la operación del punto de reciclaje y  ya son cuatro los galpones que se pueden ver en lo que debería ser un parque. La intención es clara cuando se anuncia oficialmente el “Centro Verde” en Barracas: http://www.clarin.com/ciudades/Nuevos-contenedores-separar-basura-origen_0_608339250.html


Al mismo tiempo, las playas de autos judicializados y el depósito de chatarra a cielo abierto siguen tan operativos como siempre (a pesar de las promesas de reubicación), compartiendo además el espacio como estacionamiento para colectivos y autos.

*Depósito de autos judicializados*
*Estacionamiento privado en espacio público*

*Acopio de chatarra a cielo abierto*
EL PARQUE INVISIBLE
El “parque invisible” esta ahí. Siempre estuvo ahí. Entre tanta basura a veces no se ve.
Son los predios en donde funcionaban los viejos obradores de cuando se construyó la autopista. Su parquización es una deuda para con el barrio. Al igual que el cumplimiento de la ley de Basura Cero, que paradójicamente se pretende aplicar aquí en indirecto detrimiento de un espacio verde público.

La insistencia y participación de un reducido número de vecinos logró a fuerza de reuniones y de verdadera participación ciudadana, que parte de las obras prometidas realmente se ejecutaran. Así, medio parque se hizo visible siendo adoptado rápidamente por los vecinos como espacio recreativo.

*Cruzando la calle: parquizado*

¿Qué pasará con el parque restante? Las intenciones oficiales parecen claras, tan claras como el Código de Planeamiento Urbano que se insiste en contravenir.

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ANEXO I: Qué establece el CPU:

5.4.10 DISTRITOS URBANIZACIÓN PARQUE – UP
1) Caracter: Corresponden a zonas destinadas a espacios verdes o parquizados de uso publico.
2) Delimitacion: Segun Plano de Zonificacion.
3) Disposiciones Particulares: En estos distritos el Gobierno de la Ciudad podra autorizar obras de exclusiva utilidad publica que complementen y no alteren el caracter de los mismos.

8.2.1.9 Nuevos espacios verdes linderos a las trazas de las autopistas
a) Los sobrantes de parcelas adquiridas por el Gobierno para abrir las trazas de las autopistas serán englobados y las nuevas parcelas resultantes del englobamiento parcelario quedarán sujetas a zonificación UP, debiendo ser desarrolladas mediante urbanización paisajística como espacios verdes, incluyendo en ellos instalaciones deportivas y recreativas al aire libre para uso recreativo vecinal.
b) Los nuevos espacios verdes así formados a uno y otro lado de las trazas de autopistas, podrán ser intercomunicados por debajo de los respectivos Viaductos mediante convenio entre el Gobierno y concesionarios de las autopistas, pudiendo convenirse asimismo el uso por parte del Gobierno, de una franja de tierra intermedia afectada a la concesión, con el fin de desarrollar en ella bajo el Viaducto instalaciones recreativo – deportivas que integren un todo unitario con los referidos nuevos espacios verdes, linderos a las trazas de las autopistas.

En las futuras autopistas, los concesionarios deberán ceder sin cargo al Gobierno el uso de la parte de dichos espacios de traza Vial que queden comprendidos entre dos nuevos espacios verdes linderos a dicha traza.


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